Cuando no hay acuerdo sobre los hijos, la pensión, la vivienda o los bienes, el divorcio lo decide un juez. En BJ Abogado te explicamos cada paso en lenguaje claro, defendemos tu posición con estrategia y te damos un presupuesto cerrado antes de empezar.
Atendemos en nuestro despacho de Sevilla Este y por videollamada, para toda la provincia.

Es el divorcio que se tramita ante el juzgado porque los cónyuges no se ponen de acuerdo en el propio divorcio o en sus efectos: custodia y visitas de los hijos, pensiones, uso de la vivienda o reparto de bienes. Lo puede pedir uno solo de los cónyuges, sin necesidad de causa ni del consentimiento del otro (art. 86 del Código Civil). Se tramita por juicio verbal (arts. 770 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), exige abogado y procurador, y termina con una sentencia que fija las medidas.
Si has recibido una demanda, tienes 20 días hábiles para contestarla.
| Aspecto | Lo que debes saber |
|---|---|
| Quién puede pedirlo | Cualquiera de los cónyuges, aunque el otro no quiera. No hace falta separación previa (art. 86 CC). |
| Cuándo | Una vez transcurridos tres meses desde el matrimonio. Se exceptúa el caso de riesgo para la vida, la integridad o la libertad del cónyuge o de los hijos (art. 81 CC). |
| Dónde se tramita | En el juzgado del último domicilio conyugal; si vivís en partidos judiciales distintos, el demandante elige entre el último domicilio común y el del demandado (art. 769 LEC). |
| Abogado y procurador | Obligatorios. Cada cónyuge tiene los suyos. |
| Plazo para contestar | 20 días hábiles desde el emplazamiento (art. 753 LEC). |
| Intento previo de acuerdo | Desde el 3 de abril de 2025 se exige, con carácter general, acudir antes a un medio adecuado de solución de controversias (LO 1/2025). Más abajo explicamos cómo se acredita. |
| Qué se decide | Divorcio, hijos (guarda, visitas, alimentos), vivienda, pensión compensatoria, cargas del matrimonio y mascotas. |
| Duración orientativa | De varios meses a más de un año en primera instancia; más si hay apelación. |
Un divorcio sin acuerdo no es solo un trámite legal. Hay hijos que no quieres que sufran, dinero que no sabes si te alcanzará, una casa que quizá no puedas conservar y un conflicto que se alarga. Es normal sentirse desbordado.
Nuestro trabajo es devolverte el control: que entiendas qué puede pasar, qué opciones tienes y qué te conviene hacer en cada momento. Sin tecnicismos y sin sorpresas.
Reseñas reales de nuestros clientes en Google.
EXCELENTE
A base de 60 reseñas
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César Darío Gor Alcaina13/02/2023Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy contentos con la ayuda recibida en todo momento, gracias a Borja que es un gran profesional y gran persona hemos ganado el juicio, sin duda para cualquier problema que tenga en un futuro me pondré en contacto con él. MUCHISIMAS GRACIAS POR TODO. Un saludo.Publicado en Google![]()
Dolores Vazquez Aguilar27/12/2022Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy contentos con el trato recibido desde el principio y con unos resultados bastante buenos y rápidos. Lo recomiendo a cualquier persona que busque asistente legal!Publicado en Google![]()
Julio01/12/2022Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Borja ha cumplido con mis expectativasPublicado en Google![]()
Alba Fernandez15/11/2022Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Encantados de haber contado con el trabajo de BJ Abogado. Gracias a su trabajo pudimos conseguir que adaptaran las normas de acompañamiento de UCI pediátrica, cumpliendo la ley, y pudiendo estar 24h con nuestro hijo durante su estancia en UCIPublicado en Google![]()
Adrián Frías22/04/2022Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Señor Borja, públicamente quiero agradecerle su atención, implicacion y el trato recibido por su parte que no solo implica pistis y confianza, también has mostrado el Ágape a la justicia y el deseo de Aletheia. Sincera y atentamente Adrián Frías RamírezPublicado en Google![]()
Jesus García velez05/04/2022Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muchísimas gracias por tu buen hacer y gran implicacion. Encantado de trabajar con el .Publicado en Google![]()
Cristina Duran rodriguez15/01/2022Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Buen asesorsmiento muy pendientePublicado en Google![]()
José Antonio Jiménez Ávila11/12/2021Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Desde que contacté con él mis problemas comenzaron a resolverse. Muy profesional, resolvió el conflicto satisfactoriamente. Totalmente recomendable.Publicado en Google![]()
Carlos Muñoz Toscano05/11/2021Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy agradecido a Borja me ha defendido en un pleito y lo hemos ganado con solvencia ,buen trato como persona y humildad.LO RECOMIENDO
Un divorcio es contencioso cuando los cónyuges no logran un acuerdo y debe resolver el juez. A diferencia del divorcio de mutuo acuerdo, aquí no hay un convenio regulador firmado por los dos: cada parte presenta su propuesta y el tribunal decide, tras oír a ambas, a los hijos cuando corresponde y al Ministerio Fiscal si hay menores.
Si ahora mismo hay acuerdo en todo, no necesitas un contencioso. Cuéntanoslo y te explicamos la vía más rápida y económica (ver divorcio de mutuo acuerdo).
El plazo corre desde que te emplazan y no cuentan sábados, domingos ni festivos (art. 753 y art. 405 LEC). No esperes al último día: la contestación fija tu versión de los hechos y es el momento de pedir las medidas que te interesan.
Qué debes hacer, en este orden:
Desde el 3 de abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige, con carácter general, intentar una solución negociada antes de demandar en la vía civil (art. 5). Lo prevé también para los procesos especiales de familia, salvo excepciones como las medidas urgentes sobre menores del art. 158 del Código Civil. Sin acreditarlo, la demanda puede ser inadmitida (art. 403 LEC).
Cumplen el requisito la mediación, la conciliación, la opinión de un experto independiente, una oferta vinculante confidencial o la negociación directa entre las partes o entre sus abogados. En la práctica, no todos los juzgados aplican los mismos criterios sobre cómo se documenta. Nosotros preparamos y dejamos constancia del intento para que tu demanda no se pare por un defecto formal.
Con esto podemos empezar. Si te falta algo, no esperes: te ayudamos a conseguirlo.
La ley obliga a aportar la documentación que permita valorar la situación económica de la familia cuando se piden medidas patrimoniales (art. 770.1.ª LEC).
No hay un plazo único. Depende de la carga del juzgado, de si hay que practicar peritajes o informes psicosociales, de la cantidad de bienes y de si alguna de las partes recurre. Como orientación, la sentencia de primera instancia suele llegar en varios meses y puede superar el año en los casos más complejos. Si hay apelación, añade tiempo.
Tres cosas aceleran un divorcio: documentación completa desde el primer día, objetivos realistas y disposición a negociar los puntos secundarios. Si hay menores, el proceso tiene tramitación preferente (art. 753.3 LEC).
El coste depende de tres factores: la complejidad (hijos, patrimonio, empresas), las pruebas que haya que practicar (peritos, informes) y la duración, incluida una eventual apelación. Por eso no damos precios sin conocer tu caso.
| Mutuo acuerdo | Contencioso | |
|---|---|---|
| Requisito | Ambos estáis de acuerdo en el divorcio y en todas las medidas, y firmáis un convenio regulador. | No hay acuerdo en el divorcio o en alguna de sus consecuencias. |
| Dónde se tramita | Ante el juzgado o, sin hijos menores ni hijos mayores con medidas judiciales de apoyo atribuidas a sus progenitores, ante notario o letrado de la Administración de Justicia (art. 82 CC). | Siempre ante el juzgado de familia competente. |
| Cómo se decide | Lo decidís vosotros; el juez o el notario lo ratifica. | Lo decide el juez con sentencia, tras pruebas y vista. |
| Duración | Semanas o pocos meses. | Varios meses o más de un año. |
| Coste | Menor. | Mayor: más trabajo, más pruebas y posible recurso. |
| Control | Máximo: el contenido es vuestro. | Menor: el resultado depende de la prueba y del juez. |
Un contencioso puede convertirse en mutuo acuerdo en cualquier momento si llegáis a un pacto (art. 770.5.ª LEC). Muchos terminan así.
BJ Abogado es un despacho de abogados en Sevilla con más de veinte años de experiencia en derecho de familia.Tu caso lo llevará Borja Pérez, abogado y mediador.
| Ficha profesional | |
|---|---|
| Abogado | Borja Pérez · nº de colegiado 11219 · Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla |
| Especialidades | Derecho de familia, divorcios, mediación civil, mercantil y familiar |
Nuestro compromiso: confidencialidad absoluta, lenguaje claro y honestidad sobre las posibilidades reales de cada caso.
Sí. En un divorcio contencioso es obligatorio comparecer con abogado y procurador, tanto si presentas la demanda como si la recibes. Cada cónyuge tiene el suyo: el mismo profesional no puede defender a ambos cuando hay intereses enfrentados. Si cumples los requisitos económicos, puedes solicitar justicia gratuita (Ley 1/1996).
No puede impedirlo. Para divorciarse basta con que lo pida uno solo de los cónyuges (art. 86 del Código Civil); no hace falta causa ni el consentimiento del otro. Lo único que el otro puede hacer es discutir las medidas: custodia, pensiones, vivienda y bienes.
Veinte días hábiles desde que te emplazan (art. 753 y art. 405 de la LEC). Los sábados, domingos y festivos no cuentan. Si dejas pasar el plazo, el procedimiento sigue adelante sin tu versión de los hechos. Si has recibido una demanda, llámanos cuanto antes.
Sí, en cualquier momento del proceso, si ambos cónyuges llegáis a un acuerdo sobre todas las medidas (art. 770.5.ª y art. 777 de la LEC). Es frecuente: muchos divorcios contenciosos se cierran con un convenio regulador antes de la vista, lo que ahorra tiempo, dinero y desgaste.
Son las reglas temporales que el juez fija mientras dura el procedimiento: con quién viven los hijos, quién usa la vivienda, qué pensión se paga y cómo se organizan las visitas. Pueden pedirse antes de la demanda (art. 771 LEC), en cuyo caso la demanda debe presentarse en los 30 días siguientes, o junto con ella.
El juez decide quién la usa según el interés de los hijos y la situación económica de cada cónyuge (art. 96 del Código Civil). Si hay hijos menores, el uso suele corresponder al progenitor con quien convivan. Que el uso se atribuya a uno no cambia quién es el propietario ni quién debe pagar la hipoteca; eso se resuelve al liquidar los bienes.
Sí. Si no hay acuerdo, el juez puede acordar la custodia compartida a petición de una de las partes, con informe del Ministerio Fiscal, cuando sea lo que mejor protege el interés superior del menor (art. 92.8 del Código Civil). Se decide caso por caso. No procede si hay indicios fundados de violencia doméstica o de género (art. 92.7).
No como parte del proceso. El juez debe oír a los menores con suficiente juicio cuando se decide sobre su custodia, y siempre si tienen 12 años o más (art. 770.4.ª LEC). La audiencia es reservada, sin los padres presentes, y se hace en condiciones adaptadas a su edad. Te explicamos cómo prepararlos sin presionarlos.
Desde la Ley 17/2021 el juez decide con quién se queda el animal de compañía, cómo lo cuida o visita el otro cónyuge y cómo se reparten sus gastos, atendiendo al interés de la familia y al bienestar del animal (art. 94 bis del Código Civil), con independencia de quién figure como titular.
No hay un plazo único: depende de la carga del juzgado, de la prueba necesaria y de si hay recurso. Como referencia, la sentencia de primera instancia suele llegar en varios meses y puede superar el año en casos complejos. Una apelación ante la Audiencia Provincial añade tiempo.
Depende de la complejidad: hijos, patrimonio, pruebas periciales y si hay recurso. En BJ Abogado te damos un presupuesto cerrado por escrito antes de empezar, con lo que incluye y lo que no (por ejemplo, peritos o procurador).
Sí. La sentencia de primera instancia puede recurrirse en apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de 20 días hábiles desde su notificación. Las medidas sobre hijos o pensiones, además, pueden modificarse más adelante si cambian sustancialmente las circunstancias (art. 90.3 del Código Civil).
Sí. Todo lo que nos cuentes está protegido por el secreto profesional del abogado y por la normativa de protección de datos (RGPD y Ley Orgánica 3/2018). Las videoconsultas se hacen por un canal seguro y no se graban sin tu consentimiento.